Mostra De Cinema Jove d’Elx (26)



Fechas Límite

13 abr 2024
Convocatoria

29 abr 2024
Fecha límite

2
días

08 may 2024
Fecha de notificación

14 may 2024
18 may 2024

Dirección

Curtidores 23,  03203, Elx, Alicante, España


Descripción del festival
Festival de cortometrajes 15'<


Requisitos del festival
 Festival de cine
 Ficción
 Documental
 Animación
 Fantástico
 Terror
 Experimental
 Videoclip
 Otros
 Cualquier género
 Cualquier tema
 NO tiene tasa de inscripción
 Festival Nacional
 Ubicación física
 enero 2023
 Países de producción: Requerido
 Países de rodaje: Cualquiera
 Nacionalidad del Director/a: Requerido
 Óperas Primas 
 Proyectos Escolares 
 Cortometrajes  15'<
 Cualquier idioma
 Subtítulos 
Catalan Español
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Photo of Mostra De Cinema Jove d’Elx
Photo of Mostra De Cinema Jove d’Elx
Photo of Mostra De Cinema Jove d’Elx
Photo of Mostra De Cinema Jove d’Elx

Español
Inglés


Inicio Festival: 14 mayo 2024      Fin Festival: 18 mayo 2024

Festival de cortometrajes realizados por jóvenes de 14 a 30 años.

a. Premio al mejor corto realizado por jóvenes de 14 a 18 años
1.000,00 €

b. Premio al mejor corto realizado por jóvenes de 19 a 30 años
1.000,00 €

c. Premio Ciutat d’Elx
1.000,00 €

d. Premio a la mejor dirección
500,00 €

e. Premio a la mejor interpretación joven
500,00 €

f. Premio al mejor cortometraje en valenciano
500,00 €

g. Premio al mejor cortometraje en valores sociales
500,00 €

La concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Elche, a fin de fomentar la actividad audiovisual y reconocer públicamente los méritos artísticos de los/las jóvenes, convoca las
BASES DE LA 26.ª MOSTRA DE CINEMA JOVE D’ELX.


1. OBJETO


Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria de la 26.ª Mostra de Cinema Jove d’Elx y los premios a conceder en régimen de concurrencia competitiva.


2. SOLICITANTES


Podrán presentar la solicitud las personas, físicas o jurídicas, que ostenten los derechos sobre las obras presentadas.


3. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN


Podrá participar cualquier cortometraje realizado por jóvenes de nacionalidad española o extranjera con residencia legal en España, que tengan entre 14 y 30 años cumplidos en la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.

Cada director/a podrá presentar tantas obras como desee, siempre y cuando cumplan las condiciones estipuladas en estas bases.

Las obras presentadas deben ser originales y producidas después del 1 de enero de 2023, en formato .mov o .mp4, con resolución de 1080 y sonido estéreo 2.0. La duración máxima será de 15 minutos, créditos incluidos.

El tema será libre, aceptándose tanto obras de ficción como de no ficción. No se admitirán obras presentadas en ediciones anteriores, aunque hayan sido modificadas, ni cortos publicitarios o corporativos, tráileres u obras en fase de producción (“work in progress”). Tampoco se admitirán obras que inciten al consumo de tabaco, alcohol u otras drogas, o que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos.

Las obras que no sean habladas en castellano o valenciano deberán acompañarse de subtítulos en castellano o valenciano.

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos supondrá la exclusión automática de la participación.


4. PREMIOS.


Se establecen los siguientes premios económicos, cuya cuantía total asciende a 5.000,00 €, a financiar con cargo a la partida 16.590/20/24, denominada “Premios Actividades Juventud”:

a. Premio al mejor corto realizado por jóvenes de 14 a 18 años (1.000 €)

b. Premio al mejor corto realizado por jóvenes de 19 a 30 años (1.000 €)

c. Premio Ciutat d’Elx (1000 €)

d. Premio a la mejor dirección (500 €)

e. Premio a la mejor interpretación joven (500 €)

f. Premio al mejor cortometraje en valenciano (500 €)

g. Premio al mejor cortometraje en valores sociales (500€)

No se concederán premios ex aequo.

La misma obra no podrá recibir el Premio Ciutat d’Elx y el Premio al mejor corto realizado por jóvenes de 14 a 18 años o el Premio al mejor corto realizado por jóvenes de 19 a 30 años.

El cortometraje galardonado con el Premio Ciutat d’Elx accederá a la Sección Oficial del 47.º Festival Internacional de Cine Independiente de Elche 2024, organizado por Fundación Caja Mediterráneo.

El jurado podrá otorgar otras menciones a valores culturales o técnicos, sin dotación económica.

Todos los premios están sujetos a la retención vigente de IRPF prevista en la legislación tributaria. Las cantidades correspondientes se abonarán mediante transferencia bancaria, previa aportación del impreso A051 (“Registro de proveedores. Designación de cuenta bancaria”).

El órgano competente para la aprobación de la presente Convocatoria y para la concesión de los premios es la Junta de Gobierno Local, al amparo de lo regulado en el artículo 127.1.g) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local y la Base 28 de las de Ejecución del Presupuesto municipal vigente. No obstante, la concesión de los premios se delega en la Teniente de Alcalde de Educación, Discapacidad y Juventud, al ser una competencia delegable, según lo regulado en el artículo 127.2 del precipitado texto legal.


5. CONDICIONES ESPECÍFICAS DEL PREMIO “CIUTAT D’ELX”


Dentro de la Mostra se establece el Premio “Ciutat d’Elx”.

Solo podrán optar a dicho premio los cortometrajes cuyas/os directoras/es, en la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes, cumplan alguna de las siguientes condiciones:

a. Haber nacido en Elche.

b. Residir en Elche.

c. Cursar el Grado en Comunicación Audiovisual en la Universidad Miguel Hernández de Elche.

La organización de la Mostra solicitará la documentación acreditativa correspondiente


6. CESIÓN DE DERECHOS DE EXPLOTACIÓN


Se cederán al Ajuntament d’Elx los derechos de explotación de cada obra, consistentes en la reproducción y exhibición de la misma para su proyección durante la Mostra, así como el derecho de uso de imágenes y fragmentos de las obras de hasta 60 segundos para la promoción en medios de comunicación y redes sociales. La organización de la Mostra presupone que quien presenta la solicitud posee los derechos sobre la obra presentada, por lo que no asume ninguna responsabilidad derivada en este extremo.


7. FORMAS DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO


La solicitud de participación podrá presentarse por cualquiera de los medios que se explican a continuación:

a. A través de la preinscripción en FESTHOME (https://festhome.com/es). Será requisito indispensable para que se formalice la inscripción definitiva en el certamen, que los participantes hayan marcado en el impreso de solicitud A009 la casilla en la que autorizan, a que, en su nombre, funcionarios de la Oficina Municipal de Asistencia en materia de registros, procedan a registrar la solicitud en el Registro de Entrada Municipal.

b. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://sede.elche.es), o en cualesquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


8. 7. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA


En todo caso será necesario presentar la siguiente documentación:

a. Solicitud de participación (impreso A009), en la que se indicará un enlace de visionado online y/o descarga (y, en caso necesario, la contraseña) a través de cualquier servidor o canal de vídeo, y se marcará la casilla correspondiente en el apartado de la misma denominado “Declaración responsable”.

b. DNI de la persona solicitante o NIF de la entidad solicitante.

c. DNI del director o directora de la obra.

d. Cuando el director o directora sea menor de edad, autorización de participación (impreso A009b) firmada por su padre, madre o tutor/a legal y su DNI.

e. Justificación de estar matriculado en el grado en Comunicación Audiovisual en la UMH, curso 2023/2024, cuando el solicitante opte al premio “Ciutat d’Elx” por esta condición.

f.Documento con una relación de las fechas de nacimiento de los/las intérpretes del corto menores de 30 años, para su candidatura al Premio a la Mejor Interpretación Joven.


9. PLAZO DE PRESENTACIÓN


El plazo de presentación será el comprendido entre el día siguiente al de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y el 29 de abril de 2024 a las 23:59 horas, inclusive.


10. SELECCIÓN Y JURADO.

Una vez finalizado el plazo de recepción de solicitudes, se comprobará si los cortometrajes recibidos cumplen las presentes bases.

La concejalía de Juventud designará entonces un Jurado compuesto por personas relacionadas con la industria cinematográfica, los medios de comunicación, la cultura y las artes, además de representantes de la propia concejalía. La condición de jurado será incompatible con la participación como concursante en la Mostra. El Jurado visionará los cortometrajes y decidirá los premios y menciones que estime oportunas, atendiendo a criterios de calidad, creatividad y originalidad. El fallo del Jurado será inapelable.

Para la concesión final de los premios será necesario cumplir todos los requisitos exigidos en las presentes bases, así como facilitar la documentación adicional que se solicite.


11. DESARROLLO DE LA MOSTRA.


Las obras seleccionadas se proyectarán en fechas por determinar entre el 14 y 17 de mayo de 2024 en el Espai Escènic de L’Escorxador CCCE, teniendo lugar el libramiento y entrega de premios el 18 de mayo. Se deberá facilitar una copia para exhibición, con las especificaciones técnicas y en el plazo que se indique al notificar la selección.
La concejalía de Juventud proporcionará alojamiento la noche del 18 de mayo a aquellos/as premiados/as que acrediten residir a más de 150 kilómetros de Elche.


12. ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA CONVOCATORIA.


La participación en esta Convocatoria supone la aceptación de las presentes Bases y del fallo del Jurado. Cualquier circunstancia no prevista en estas Bases será resuelta de forma inapelable por la organización de la Mostra.


13. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA


La presente convocatoria se publicará en la Base de Datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y en la página web municipal. Un extracto de la misma será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.


14. RECURSOS


Contra las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, por cuanto ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local, o ser impugnado directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso administrativo, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el diario oficial correspondiente o la notificación del acto administrativo, en su caso.


15. NATURALEZA JURÍDICA Y RÉGIMEN APLICABLE


Los premios que se concedan se regirán, en aquello no dispuesto en la presente Convocatoria, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su normativa de desarrollo, así como por la base 28 de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.


16. PROTECCIÓN DE DATOS.


En base a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), informamos que el responsable del tratamiento de sus datos personales es el Ayuntamiento de Elche, con domicilio en Plaça de Baix nº 1, 03202 Elche.

Puede contactar con el Delegado de Protección de Datos (DPD) mediante carta dirigida al domicilio del Responsable, indicando “Delegado de Protección de Datos”, así como mediante correo electrónico dirigido a dpd@elche.es.

La finalidad por la que sus datos van a ser tratados es la gestión de premios de la presente convocatoria. Este tratamiento no elabora perfiles de personas físicas.

Los datos personales podrán ser publicados por el Ayuntamiento de Elche en base a los principios de transparencia que rigen estos procesos. Asimismo, dichos datos pueden ser cedidos y/o comunicados a las Administraciones Públicas cuya intervención pudiera ser necesaria para la tramitación y/o control de estos asuntos, a las entidades cuyo concurso sea necesario en la tramitación de los mismos y en el resto de supuestos previstos por la Ley.

La legitimación para realizar dicho tratamiento está basada en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento y/o cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana.

Los datos serán conservados durante el periodo establecido por el tratamiento, la legislación aplicable y los requerimientos aplicables a la conservación de información por parte de la Administración Pública.

El Ayuntamiento de Elche podrá verificar telemáticamente, en base a su potestad de verificación recogida en la disposición adicional octava de la LOPDGDD, los datos necesarios para acreditar su identidad y/o el cumplimiento de otros requerimientos, requisitos o condiciones de esta convocatoria, y sin perjuicio de la solicitud de aportación de documentos que el Ayuntamiento pueda dirigirle.

No se realizan transferencias internacionales de datos.

Derechos: Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y (en su caso) retirada del consentimiento prestado. Asimismo, puede dirigirse a la Autoridad de Control para reclamar sus derechos. Para su ejercicio, debe dirigir una solicitud, presentada presencialmente o remitida por correo ordinario, al Ayuntamiento de Elche, Registro de Entrada, Plaça de Baix nº 1, 03202 Elche, indicando “Delegado de Protección de Datos”. La solicitud también puede ser remitida mediante instancia en Sede Electrónica. En todos los casos, el Ayuntamiento debe verificar su identidad como titular de los datos, por lo que debe incluir copia o referencia de un documento vigente acreditativo de su identidad. Para esta verificación, el Ayuntamiento ejercerá su potestad de verificación recogida en la disposición adicional octava de la LOPDGDD. En caso de actuar como representante de la persona interesada, debe acreditarse fehacientemente el poder de representación otorgado por esta.


  

 
  

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